¿Qué son las criptomonedas?
Definición de criptomonedas según DGT.
¿Cómo tributan las criptomonedas?
¿Tengo que declararlas?
El objetivo de este programa es analizar el Sistema Tributario Español, la fiscalidad, los tributos, algo que nos afecta absolutamente a todos.
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AVERIGUA CÓMO TRIBUTAN LAS CRIPTOMONEDAS.
¿Qué son las CRIPTOMONEDAS?
Las criptomonedas es una moneda digital, cuya característica más importante es que no hay intermediario, no hay un banco de por medio, no se necesita un intermediario para la transacción.
¿Y qué es una criptomoneda a efectos fiscales? Según resolución de la Dirección General de Tributos dice textualmente:
“Ante la ausencia de una definición en la normativa española de lo que se entiende por monedas virtuales, también denominadas criptomonedas hay que acudir a la propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo».
Se considera como moneda virtual una representación digital de valor que no es emitida o garantizada por un banco central o una autoridad pública, no está necesariamente vinculada a una moneda legalmente establecida y no posee la consideración de moneda o dinero de curso legal, pero se acepta por personas o entidades, como medio de intercambio, y que puede ser transferida, almacenada y negociada electrónicamente.
IMPUESTOS:
IVA:
¿Lleva IVA la compra de estas divisas virtuales?
No, la AEAT lo considera un bien inmaterial.
IRPF:
RENTA, tributa lo que se denomina ganancia patrimonial, esto, no es más, que la ganancia que has obtenido, es decir, la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de transmisión.
A esta ganancia se le aplica el tipo impositivo correspondiente:
-De 0 a 6.000 euros de ganancia patrimonial, 19%
-De 6.000 a 50.000 euros, 21%
-Más de 50.000 euros, 23%
-Y en este año 2021 se ha añadido un nuevo tipo del 26% para ganancias patrimoniales superiores a los 200.000 euros.
Si se obtuviera una pérdida de esta venta, por supuesto la AEAT no te va a devolver un euro, pero sí puedes compensar dicha pérdida con alguna ganancia patrimonial que hayas obtenido de alguna transmisión, es decir, te tienen en cuenta la pérdida, compensándola con una ganancia.
IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO:
¿Os acordáis que hemos dicho que la mera tenencia de las criptomonedas no tributa en el IRPF?
Pues aquí en el Impuesto sobre Patrimonio sí que tributa, pero solamente debes de declararlo si todo tu patrimonio supera una determinada cantidad.
Nueva ley 11/2021, de 9 de julio de medidas contra el fraude fiscal y hace referencia al modelo 720, El Modelo 720 es la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
La nueva ley antifraude añade una disposición adicional 18ª1 en concepto de criptomonedas y establece lo siguiente:
“Se modifican los apartados 1 y 2 de la disposición adicional decimoctava, que quedan redactados de la siguiente forma:
«1. Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración Tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta Ley y en los términos que reglamentariamente se establezcan, la siguiente información:
(…)
d) Información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.”
Este artículo es orientativo y no vinculante. Si necesitáis realizar una consulta contable o fiscal, debéis dirigiros siempre a un profesional debidamente cualificado. Podéis contactar con nosotros a través del correo electrónico info@javiernavarrovich.com o llamando al 971075065
Muchas gracias a todos por leerme.
Un abrazo y hasta la próxima.
"Cuidamos los resultados y cuidamos a la gente"