ESPECIAL LOTERÍA – ¿QUÉ GANA HACIENDA SI NOS TOCA EN NAVIDADES EL PREMIO GORDO?

Especial Lotería – ¿Qué gana Hacienda si nos toca en Navidades el Premio Gordo?

¡¡Nos ha tocado la lotería!!

¿Sabes por qué hacienda siempre sale ganando en los premios de lotería?

¿Dónde voy a cobrar el premio?

¿Cómo y cuándo se declara el impuesto?

¿Y si compartimos el décimo?


El objetivo de este programa es hablar del sistema tributario español, de la fiscalidad, de los tributos, algo que nos afecta absolutamente a todos.

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¡¡NOS HA TOCADO LA LOTERÍA!!

¿SABES POR QUÉ HACIENDA SIEMPRE SALE GANANDO EN LOS PREMIOS DE LOTERÍA?

Que nos toque el Gordo el próximo domingo día 22 de diciembre en un principio supone ganar 400.000 €, pero no, no te quedas los 400.000 €, porque Hacienda, querrá su parte del pastel.

 

HISTORIA:

En el año 2012 si nos tocaban los 400.000 € (correspondientes al primer premio del Gordo) eran los 400.000 € enteritos para nosotros, no tributaba, podría tributar en el impuesto sobre el patrimonio que recordemos que este impuesto grava, lo rico que eres, pero Hacienda en principio no veía un duro.

 

Llega el 2013 y según la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, con el fin de consolidar las finanzas públicas y, de este modo, corregir lo antes posible los principales desequilibrios que afectan a la economía española, principalmente la reducción del déficit público, todo ello con el fin último de contribuir a la recuperación de aquella”.

Vamos que España iba mal y necesitaban recaudar dinerito y la medida tributaria que adoptan es que, (y esto afecta a los premios de las loterías del Estado, Comunidades Autónomas, Organización Nacional de Ciegos Españoles, Cruz Roja Española y entidades análogas de carácter europeo), estarán sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través de un gravamen especial, ¿y qué gravamen especial? Hablamos de una retención o ingreso a cuenta del 20%, eso sí, dejaban exentos los premios de hasta 2.500 €.

Llegamos al 5 de julio de 2018 cuando gobernaba el PP y vuelven a cambiar las reglas del juego y establecen lo siguiente: elevar el mínimo exento de manera progresiva: quedando de la siguiente manera:

 

El Gordo en el año 2018 exento hasta 10.000 € (el resto tributa un 20%)

 

El Gordo en el año 2019 este exento hasta 20.000 € (el resto tributa un 20%)

 

El Gordo en el año 2020: (y aquí afecta al sorteo del Niño) exento hasta 40.000€ (el resto tributa un 20%).

 

SITUACIÓN ACTUAL:

 

Por lo tanto, si nos toca el primer premio estas navidades Hacienda se llevará la friolera de 76.000 € y a nosotros nos quedarían 324.000 €.

 

Tributación Lotería 2019

En cambio, cuando nos toque el sorteo del Niño el próximo 6 de enero, la tributación quedará de la siguiente manera:

Tributación Lotería 2020
Tributación Lotería 2020

 

Por lo tanto, ya sabemos con numeritos cuanto nos llevaríamos directamente a nuestro bolsillo si ganamos la lotería de Navidad.

 

¿Dónde voy a cobrar el premio?

  • Si es menor de 2.000 € en cualquier administración de lotería,
  • Si es mayor de 2000 € en entidades financieras autorizadas.

 

¿Cuándo pagamos la retención del 20%?

El banco te va a ingresar solamente la cuantía del premio descontado el importe del tributo, es decir, nos ingresará directamente los 324.000 €.

 

¿Cómo se declara el impuesto?

Según la disposición adicional trigésima tercera, gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, establece en su punto 8 que: “no se integrarán en la base imponible del impuesto y las retenciones e ingresos a cuenta no minorarán la cuota líquida del IRPF”.

Se va a encargar la entidad pagadora, es decir, quien debe declarar el impuesto son los retenedores de este gravamen, ósea, los pagadores de los premios, dicho de otro modo, la sociedad estatal de loterías y apuestas del estado, la once…etc. y lo hacen mediante el modelo 230.

En resumen, el banco te ingresa los 324.000 € y la sociedad estatal de loterías y apuestas del estado informa a Hacienda mediante el modelo 230 “Impuesto sobre la renta de las personas físicas gravamen especial sobre los premios de loterías y apuestas”.

 

¿Y si compartimos el décimo?

En primer lugar, si compartimos el premio es muy importante identificarnos e informar del porcentaje de la participación, ¿Por qué? Porque Hacienda podría pensar que se trata de una donación y la donación está sujeta a tributación.

En segundo lugar, el importe exento se mantiene, es decir 20.000 € exentos por boleto, no por persona, es decir, en el supuesto de que compartiéramos el boleto entre cuatro personas, estaríamos hablando de 5.000 euros exentos por persona, y nos tocaría un neto aproximado de 81.000 €.

 

 

¿Tiene algo que ver si estamos casados?

  • Si estamos casados en régimen de gananciales estamos obligados a compartir el 50% del premio con nuestra pareja.
  • Si estamos casados en régimen de separación de bienes el premio puede ser enterito para nosotros.

 

 

CONCLUSIÓN

En el sorteo extraordinario de la lotería de navidad tributamos con una retención o ingreso a cuenta del 20% estando exento de tributación en el año 2019 un importe de 20.000 € y Hacienda se lo va a cobrar al momento. Si hemos compartido el cupón es importante que vayamos todos y nos identifiquemos para que Hacienda no lo considere una donación y si estamos casados en régimen de gananciales el 50% del importe del premio se lo quedará la parienta o el pariente.

 


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