¿SABES QUÉ SON LOS TRIBUTOS Y POR QUÉ LOS TENEMOS QUE PAGAR?

El objetivo de este blog es hablaros del sistema tributario español, de la fiscalidad, de los tributos;  algo de que nos afecta absolutamente a todos, no hay nadie que este fuera del sistema tributario español, todos pagamos impuestos y a todos nos afectan las normas  y los reglamentos en materia fiscal.

Me parecería empezar la casa por el tejado si no definimos, para empezar, ¿qué es un tributo?, Quiero que sepamos diferenciar que tipo de tributo estoy pagando, porque lo estoy pagando  y para qué.

¿PORQUE PAGAMOS TRIBUTOS?

Para poder contestar a esta pregunta nos tenemos que remitir al artículo 31 de la Constitución. La constitución es la Norma Suprema, y es la esencia de todo el ámbito tributario, el artículo mencionado dice lo siguiente:

Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio

Procedemos a analizar el artículo:

Es decir, lo que nos está diciendo es que tenemos unas necesidades como sociedad: pagar dinero a los funcionarios, pensiones, ayuda, jubilación, sanidad, educación, justicia, aeropuertos etc. Es decir, hay una seria de gastos públicos y para hacer frente a dichos gastos público tenemos que contribuir con la finalidad de obtener ingresos públicos.

Principios a los que hace referencia el artículo:

Capacidad económica: se tiene en cuenta lo rico que seas para determinar lo que debes de pagar.

Principio de igualdad: todos somos iguales a la hora de pagar los tributos (siempre que se encuentren en iguales circunstancias)

Principio de progresividad: proporcional a medida que aumenta la riqueza. Cuanto más tengas más pagas.

Principio de no confiscatoriedad: No puede suponer privar de una parte sustancial de la riqueza del contribuyente, no se le puede privar completamente de sus bienes.

Dicho esto, ya tenemos el porqué y el para qué, y por tanto, pasamos a ver las demás cuestiones.

¿QUE SON LOS TRIBUTOS?

Los tributos son ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias (dinerito) que nos exige la administración pública y que nos vincula con el deber de contribuir del mencionado artículo 31, son coactivos (de obligado cumplimiento). 

¿TODOS LOS IMPUESTOS SON TRIBUTOS? ¿TODOS LOS TRIBUTOS SON IMPUESTOS? Si y No, vamos a ver porque:

Clases de Tributos:

  • Impuestos
  • Tasas
  • Contribuciones especiales

¿Cómo los diferenciamos? ¿Cuándo estoy pagando un impuesto? ¿Cuándo estoy pagando una tasa? ¿Y una contribución especial?

  • Los impuestos es la clase de tributo más importante, son exigidos sin contraprestación, son obligatorios para las personas y las empresas, pago un impuesto por el hecho de tener capacidad económica, por el hecho de tener un sueldo, por el hecho de realizar una compra. Son la parte más importante del sistema tributario español. Por ejemplo: Impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto de sociedades, impuesto sobre el valor añadido etc.
  • Una tasa, en cambio, es el dinero que pago por la utilización privativa del bien de dominio público, por ejemplo pagamos una tasa cuando ponemos un vado permanente para que podamos entrar el coche, pagamos una tasa por colocar unas mesas en la calle. También es una tasa aquella prestación que pagamos porque nos prestan un servicio o una actividad como por ejemplo, pago una tasa para que me recojan la basura, pago una tasa para poder hacerme el DNI, es decir, pagas por un servicio.

Las características que tienen las tasas es que son obligatorias y no me lo puede prestar el sector privado, es decir, no puedo solicitar a una empresa privada ni que me recoja la basura ni que me haga el DNI.

Aquí introducimos el concepto de precio público. En el precio público, también pagas por un servicio pero a diferencia de las tasas, no son de obligado cumplimiento y lo puedo encontrar en el sector privado, es decir, si yo me voy a un centro deportivo municipal y pago la pista de tenis, estoy pagando un precio público y no una tasa, porque nadie me obliga a jugar al tenis y si quiero, en vez de irme a Son Moix, me voy a mi gimnasio, es decir, no es de obligado cumplimiento y además me lo puede ofrecer el sector privado.

  • Por último nos queda definir las contribuciones especiales. Dicho tributo es el que nos cobran por obtener un beneficio como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios comunitarios, es decir, si me ponen una boca de metro muy cerquita de mi casa, dicha obra pública provocará que mi casa aumente de valor, y ahí, es cuando pagamos lo que se denomina contribuciones especiales.

Conclusión:

Ahora ya sabemos por el artículo 31 de la Constitución que tenemos obligación de contribuir a la sociedad para el sostenimiento de los gastos públicos, ahora ya sabemos que cuando nos estamos haciendo el DNI estamos pagando una tasa, que cuando vamos a jugar al tenis a Son Moix estamos pagando un precio público, que cuando nos ponen un metro cerca de casa y esta aumenta de valor, estamos pagando una contribución especial, y cuando voy de compras, o gano un sueldo, pago un impuesto.

Ahora sabemos que todos los impuestos son tributos pero no todos los tributos son impuestos.